Por otra parte, a principios de abril solicité un subvención de desempleo pues no tengo los 360 días cotizados y hoy no he cobrado nada ni he recibido ningún género de notificación. Estoy dentro de un contrato con Sacyl, correspondiente a la Junta de Castilla y León. Estoy haciendo una sustitución y termino contrato prácticamente en exactamente las mismas datas que me opero; pero es posterior la terminación de contrato.
Los capital procedentes del alquiler de una vivienda se consideran en el IRPF un rendimiento de capital inmobiliario y pertenecen a la base imponible general. Me hacen contrato eventual 6 meses y después indefinido en las dos comunidades. “Remuneraciones Totales” poner el importa total sumando los sueldos brutos cada un año de todos y cada uno de los pagadores. Y también por ello a muchos impositores les sale a pagar cuando hacen la declaración. Posibilidades complementarias por incapacidad temporal.
Irpf: ¿se Pagan Más Impuestos Por Tener 2 Pagadores?
Al tercer mes he pasado a situación de desempleo al producirse la suspensión de mi contrato fijo discontinuo por terminar como todos los años por estas datas la temporada de actividad. Sin embargo, mi baja por el incidente de trabajo persiste, por lo que no he podido solicitar en el SEPE la prestación por desempleo, sino es la mutua la que me está abonando un Subsidio por I. Buenos días, en una semana cumplo 18 meses de incapacidad temporal por fibromialgia aparte de problemas de columna, brazos, pies, etc.
Como ves, esta afirmación se ajusta a un mito consolidado. La carencia de conocimientos sobre contabilidad y fiscalidad pueden dar de comer estas confusiones. Echa una ojeada a otros artículos útiles que tienen la posibilidad de enseñarte ciertas cosas interesantes que quizá te descubran cosas que desconocías. Te estarás preguntando, si la renta que percibo es la que es, ¿qué importa que ese dinero provenga de uno o dos pagadores?
Tengamos en cuenta que se considera recaída cuando se tiene una baja por las mismas o similares enfermedades en un período de 180 días tras el alta. En el momento en que acaba el derecho a la prestación por desempleo, y sigue estando de baja, el trabajador percibirá el 80% del IPREM, o sea, en el año 2022 la cuantía es de 463,22 euro, tras acrecentar un 2,5% respecto al año 2021. El trabajador que padece una incapacidad temporal mientras que recibe la prestación contributiva seguirá percibiendo la prestación en la misma cuantía. En este caso, la pregunta primordial es, ¿y que pasa si no solicito el desempleo y acercamiento otro trabajo? En tal caso, no se consumirá paro, pero no se comprenderá cotizado el tiempo de incapacidad temporal. Por este motivo, tenemos la posibilidad de preguntar a la empresa cual es la mutua pertinente, y a ésta que documentación tenemos que completar.
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La cuestión es que continué cobrando la prestación IT hasta esa fecha en la que ellos me pidieron el parte y yo, inmediatamente lo recogí y lo entregué. Si pides ahora el paro, se te descuenta lo que has estado de incapacidad, pero también cotizará ese intérvalo de tiempo (que ahora no lo está de cara a una jubilación u otra contingencia). Si trabajas algo no se te descontará de paro. No te daña el estar de baja de cara al paro. Por otro lado, no en ninguna excedencia vas a tener derecho a paro, a menos que pidas excedencia y luego encuentre un empleo como explico en este artículo. En el momento en que termine mi baja por maternidad y lactancia me gustaría llegar con la empresa a un acuerdo a fin de que me despidan y conseguir paro.
Es decir, habría que ver desde un punto de vista media, si es una lesión crónica o aguda, y en caso de ser de hoy si se puede acreditar el nexo causal con el accidente. El resultado es que mi prestación IT es mucho más alta que mi salario base, con lo que cada mes cobré unos 200 euros de más que ahora me han descontado, dejándome con una cantidad irrisoria para vivir. No pude notar que cobraba 200 euros de sobra por el hecho de que mi trabajo, que es de socorrer de vuelo, tiene muchas variaciones por comisiones, horas de vuelo, pernoctas… que son realmente difíciles de controlar sin comprobarlo con la nómina enfrente. Debes solicitar el pago directo a la Seguridad Popular, rellenando un formulario. Mi pregunta es, si todo lo q he consumido y no cotizado, si me anoto al paro, cobrare los meses que me quedan? No viene determinado por el género de contrato, sino con lo que diga el convenio colectivo.
El caso es que, me pagaron igualmente el mes completo, y ahora me dicen que no tenian que haberme comprado pero que les debo las horas de esos dias. Estoy un poco perdida con esta empresa puesto que, de las 2 nominas que he recibido las he debido reclamar ya que estaban mal. Necesito entender si el contrato de nuevos negociantes cubre el estar enferma.
Todo lo mencionado está en proceso de grado de discapacidad y mi situación es que estoy cobrando 685 euros por desempleo . Como es evidente no puedo trabajar ya que no tengo una adaptación y la psiquiatra me ha prohibido conducir. No se si andas haciendo un trabajo o no, o en situación asimilada al alta para saber quien te debe abonar el salario o prestación. La fecha del alta será en función de lo que resuelva el INSS. Si solicitas un subvención, gastas el tiempo cotizado en pedir ese subsidio.
Hoy miercoles he firmado el despido y cobrado el finiquito y todo bien. Nunca va a ser mejor que te den de baja en la empresa. HAce referencia a una normativa del año 1944 que está derogada.
Tengo un trabajo fija discontinuo y otro que concluya el contrato estando de baja. Hoy en día cobro la seguridad popular del trabajo q concluya y la incapacidad del otro empleo. Quien me puede asistir para saber que tengo que realizar para ver que tipo de incapacidad me viene mejor? En la seguridad popular no me han informado me señalan que yo puedo solicitar la que desee pero que es el tribunal médico quien me dara la que ellos deseen. Y ya si le preguntas de cuanto se te quedaría a cobrar te señalan que no hacen simulaciones… en fin que en vez de informarme a mi les informo yo a ellos.
Pero, ¿quiere decir esto que Hacienda ha penalizado a Carlos por tener dos pagadores? Carlos ha comprado al fisco lo mismo que Cristina pues ambos han percibido exactamente las mismas rentas. Como ves, la suma de los 120 € y los 1.800 € que le retienen entre las dos compañías es claramente mucho más baja que los 5.cien € que le retenían a Cristina, aún cobrando lo mismo. Al hacer la declaración de la renta aparece por defecto la mutua como pagador con los importes pagados y retenidos por su lado. El que te den una incapacidad u otra no afecta en lo que tienes que retener sino la cuantía que te paguen determinará el porcentaje que te tendrían que haber retenido.
Según e leído no sé si es verdad estoy en mi derecho a subsidio pero todo lo mencionado como lo tramito si una vez la recíproca deja de pagarme dónde tengo que gestionar eso quién m lo gestiona y de cuánto tiempo hablamos. En mi opinión, no se descuenta siendo incidente laboral. Si no se encontraba ni cobrando el paro ni estaba contratado por una empresa no cobrara nada. Coge el informe de vida laboral, y suma todos y cada uno de los días trabajados en los últimos seis años.
Me pagaba la mutua y mi pregunta es la próxima, ese año de baja es cotizable a la seguridad social? Pues me coloco a conocer el informe de base de cotización y no aparece por ningún lado…Muchas gracias. Una vez finalizado el subsidio no va a tener derecho a ninguna prestación económica, aun para el caso que continúe la enfermedad común o incidente no laboral. Como regla establecida, para Hacienda cualquier cambio de CIF en la compañía u organismo que te paga mes a mes sumará un nuevo pagador en la renta.