Normalmente la pensión alimenticia no cubre másters a menos que sean necesarios para completar la carrera. Sin embargo, es un tema controvertido y hay juzgados que dicen una cosa y otros otra. Aunque es mucho más fácil inclinarse por que la pensión deba continuar abonándose al estar estudiando y ser un contrato a tiempo parcial. La pensión debe pagarse del mismo modo en estos casos, salvo que acuerde lo opuesto con el padre.
En el audio, deja claro que esta mucho más preocupada por si acaso al presunto atacante le imponen una condena que la salud de su hija… Este audio, lo entregué en persona al juzgado antes del juicio de anteriores, siendo aceptado como prueba importante por la fiscalia como por la jueza. Hola tengo 2 niños de 22 y 20 años dándole la manutencion desde hace 6 años ahora su madre le ha gestionado 2 incapacidades del 50 y 60 % cada uno. Ellos, viven con la, madre y hace poquísimo me he enterado que están cobrando sus pagas respecticas y a partir de ahí me dejaron de tener contacto conmigo cuando les dije que me había, enterado de eso. Hola Jordi, conforme indicas en lo que nos escribes has admitido y abonas más allá de tu oposición esa facultad privada con lo que has asumido el pago con tus propios actos. Sería bueno entender que señala respecto de este gasto tu convenio o sentencia y tener más datos.
El conclusión el Sr. ya desistió y no quiere continuar pasando la pensión a mis tres inferiores hijos. Hago mención que hoy en día ellos estudian la facultad son dependientes económicos y viven en la casa conmigo. La duda que tengo es ¿ pueden ellos promover de nuevo su pensión? Hola Maria, con lo que trasladas vives de forma autónoma y también independiente y cuentas con trabajo, aunque tu dificultad semeja venir de compaginar los estudios con los horarios de trabajo. Hola Adrian, gracias por tu pregunta, la única manera de pedir pensión de alimentos retrasadas es habiendo presentado demanda y sólo se puede soliciar desde la fecha de presentación de la misma en los juzgados.
¿si Mi Hijo Trabaja Corresponde Pensión Alimenticia?
A nosotros, cuando charlamos de costos expepcionales, nos gusta poner el ejemplo de los lentes. Somos un bufete de abogados ubicado en el centro de Vigo que nació en 1998 con la vocación de atender las pretensiones de todos esos clientes del servicio que busquen un asesoramiento jurídico terminado y cercano en el trato humano. Es muy fácil trabajar con María Sarabia, expone los temas de forma sencilla, busca la mejor solución a tu caso sabiendo los aspectos personales y particulares.
Es muy recurrente ver a hijos con treinta, y mucho más años, que continúan residiendo y dependiendo de sus padres, incluso tras finalizar sus estudios. Del mismo modo que si los hijos concluyen satisfactoriamente sus estudios pero gracias a la grave situación de desempleo juvenil, siguen sin obtener un puesto de empleo o unos escenarios de ingresos suficientes, mantendrán su derecho a recibir la pensión. Aunque los hijos hayan alcanzado la mayor parte de edad, si estos alargan su formación, los progenitores vienen obligados a proporcionales alimentos, vestimenta y vivienda, como elementos que incluye la conservación de los hijos. Entre los requisitos para sostener la obligación de abonar los alimentos de forma directa al progenitor que tenga reconocida la custodia, es que este conviva con los hijos. En principio las condiciones de la pensión por conservación son las establecidas en vuestro convenio regulador.
Sentimos informarte que en todo momento pasado sin haber actuado en los juzgados no se puede recuperar. Te damos contestación más ampliada en el directo del próximo jueves 25 de marzo a las 19 horas que puedes ver en nuestro canal de youtube @casasempereabo. Agradecería bastante su consejo, pago pensión alimenticia para mi hija mayor de edad pero está pensando en casarse. Ella proseguiría viviendo con su padre ya que la precisa y su padre también precisa una parte del dinero de la pensión, yo no tengo problema con seguir pagando.
¿le Corresponde Pensión Alimentaria A Mi Hijo Siendo Mayor De Edad?
Otra cosa sería que llevara bastante tiempo sin estudiar ni trabajar o que no mostrase intención alguna en ninguna de ámbas cosas. En cualquier caso, 18 años es una corta edad para realizar ese género de valoraciones. Si realmente lleva tanto tiempo trabajando, no tiene usted que tener problema e incluso le tendrían que condenar al pago de las costas del desarrollo, siendo una situación clara de abuso de derecho. El análisis de su trayectoria judicial le ha situado en el Ranking de los mejores abogados de derecho Familia de Barcelona elaborado por Emérita Legal de forma objetiva; en base a la experiencia acumulada y los resultados que se consiguieron en los casos analizados.
Son solo, muchas ganas de librarse de los juzgados y romper terminantemente todo vínculo con ex-mujeres «Toca-narices», habitualmente, no en todos. Ya entendemos que a nuestros hijos siempre les deberemos asistir. No a sus respectivas madres, que por otro lado, asimismo tienen la obligación de aportar y en muchos casos, no en todos, no lo hacen. Hola Jose Carlos, debes tener presente que la obligación de pagar alimentos se estableció en el momento en que tu hija era pequeña y que la madre es la que debe percibirlos en representación de la menor por visto que está depende económicamente de su madre. A menos que tu hija sea sin dependencia a nivel económico debes seguir pagando la pensión puesto que hasta el momento en que no se extingue en el desarrollo oportuno de modificación sigue vigente. Irse a estudiar fuera no significa que sea independiente, sólo que a lo largo del curso escolar estudia en otro residencia por cuestión de estudios.
¿Puedo pagar como expepcionales, solo los costos contemplados en la sentencia de divorcio? Todo ello, teniendo en cuenta que no quiero que mis hijos lo tomen a mal y crean que quiero abonar menos por ellos, sencillamente creo que aporto más que su madre, ya que para mí, mis hijos son lo primero. Para vivir quisiese hacerme de un piso, pero no me llega y vivo actualmente con mi pareja. ¿Puedo pedir al banco que me abonen el plan de pensiones que tengo con ellos, por estos motivos?. Hola Rosa, la situación que nos comentas es extraordinaria por el hecho de que es un desplazamiento temporal por estudios.
Eso implica que se necesita el conveniente consentimiento de padre y madre en relación a cubrir dicho gasto plus. Mientras no se haga ese procedimiento de modificación de medidas acordadas en su día en sentencia, esta seguirá siendo vigente y podrá ser demandada a través de la oportuna ejecución de exactamente la misma. Tenemos que tener presente que la extinción de la pensión de alimentos no es automática por el hecho de ser mayor de edad, tener trabajo o haber terminado los estudios. En estos momentos es mucho más frecuente en nuestro panorama laboral disponer de un trabajo precario y en condiciones laborales mínimas , que un trabajo a jornada completa y con un salario conveniente.
Pensión De Alimentos A Hijos ¿hasta En El Momento En Que Debo Pagar?
Realmente para extinguir la pensión de alimentos en hijos mayores de edad se deben ofrecer 2 requisitos que haya dejado de convivir en el residencia familiar y que no sea ligado a nivel económico. En tu caso, el no convivir es por estudios y si tu no vivieras en Zaragoza tendría que reposar en una vivienda universitaria. Estas es un momento delicado en el que no le puedes obligar a convivir contigo pero en el que si tampoco trabaja y todavía cumple con los estudios no se puede extinguir la pensión. Con la descripción que nos haces sin perjuicio de que sería bueno conocer en más aspecto la situación, comprendemos que se dan los requisitos para pedir la extinción de la pensión de alimentos para ambas.
Si se dispone de alta laboral, con algo tan simple como solicitar como prueba en la demanda, que por el letrado de la administración de justicia se emita del punto neutro judicial un informe de vida laboral que deje confirmar su situación laboral. De ahí que, es esencial que antes de intentar la petición de extinción de la pensión de alimentos hayamos acreditado que el hijo desarrolla un trabajo de manera continua, y que con dicho trabajo dispone de un salario digno que le permite su subsistencia de manera sin dependencia. La pensión de alimentos será obligatoria, y deberá ser pagada, mientras los hijos no dispongan de la mínima formación académica, que permita a ese hijo acceder a un puesto de trabajo. En este ámbito, el progenitor que percibió los infundados capital se verá obligado a devolverlos, ya no solo por no corresponderle sino pues el hijo que hasta ahora tenía derecho a la pensión de alimentos por el momento no estaba necesitado de ella. En el momento en que los hijos reciben capital, muchos se plantean si deben abonar la pensión de alimentos si el hijo trabaja.
Mi Hijo Trabaja ¿debo Proseguir Pagando La Pensión De Alimentos?
Cuando el hijo logre ejercer un trabajo o profesión o bien haya mejorado su fortuna , de tal manera que no sea necesaria la pensión alimentaria para su subsistencia. Intervención de Adolfo Alonso sobre la sustracción de menores y el derecho de familia. En todo caso, cada historia personal es un mundo y lo mucho más aconsejable siempre es que te coloques en las manos especialistas de unabogado experto en derecho de familia. Varios progenitores fueron inútiles de llevar a cabo frente a sus obligaciones y pensiones alimentarias, debido al paro o a las rebajas salariales.