Agosto llega a su fin y con él la finalización de varios contratos de trabajo formalizados durante el verano. Los contratos eventuales o por obra y servicio son los reyes de estos meses en ámbito laboral, pues se firman para cubrir el pico de trabajo que se genera en esta temporada en ámbitos como la hostelería o bien para contemplar vacaciones del resto de empleados de la compañía. Analizamos los derechos del trabajador cuando finaliza su contrato temporal y las ayudas que puede solicitar. Como explico en el artículo, siempre corresponde finiquito, si bien este puede ser cero, si tienes las vacaciones y las pagas plus prorrateadas.
Es normal que te embarguen mucho más en el momento en que cobras las plus. Si termina el contrato con la otra ETT, tienen que indemnizar en función del tipo de contrato de trabajo. No os imagináis la asistencia que dais en momentos de dudas, Increíble.
Sí, te corresponde finiquito, que puede ser cero si no te adeudan nada. En cuanto a la indemnización, dependerá de la causa de extinción y el tipo de contrato. Tienes derecho a la indemnización, independientemente de que permanezca un día o no en desempleo. Por otro lado, el finiquito, si se marcha a sostener la relación laboral, los días de vacaciones comunmente se disfrutan y no se abonan.
¿cuándo Tengo Derecho Al Finiquito En El Trabajo?
Si prosigues trabajando, no tienen por qué finiquitarte nada. Sigues manteniendo todos tus derechos adquiridos, como la antigüedad. Buenas tardes mi nombre es Jonathan llevo laborando 6 meses con un contrato en cada mes el 28 del mes vigente se termina el septimo contrato igual ya lo firme pero quisiese comprender si me corresponde liquidacion? A fin de que tengamos la posibilidad resolver tu consulta, lo destacado es que nos contactes con la ayuda de nuestro servicio de videoconsulta. En él, un letrado especializado en la materia resolverá todas las inquietudes que tengas respecto a esta cuestión. Regístrate aquí para que te llamemos sin compromiso y ofrecerte mucho más datos.
En todo caso, el finiquito jamás comprendería indemnización, sino más bien sencillamente las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras. En caso de que el convenio no afirme nada, no se debería demorar más allá de percibir la nómina a fin de mes de qué forma si no se hubiera extinguido la relación laboral. Si la baja médica es por contingencias recurrentes, tienes derecho a una prestación equivalente al subsidio de desempleo -conocida como IT Desempleo- calculada desde las cantidades cotizadas en los últimos 180 días precedentes a la baja de empresa.
Aunque sea con otro nombre, habría que ver si hay una sucesión empresarial o no, ¿te respetan la antigüedad?. Si al fina has estado todos los días de alta, es correcto. Si quieres irte de la empresa, lo destacado es avisar el preaviso transcurrido el tiempo que establezca el convenio colectivo. Además puedes exigir el 10% de interes de mora, en virtud del producto 29 del Estatuto de los Trabajadores.
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Si la solicitas fuera de ese período, la obligación de cotizar por ese empleado se extinguirá el día en que la TGSS tenga conocimiento del cese. A través del Sistema RED, la empresa está obligada a señalar a la Tesorería General de la Seguridad Popular las diferentes causas de baja. De esta forma asimismo se posibilita a quienes cesan en tu empresa la identificación del fundamento de cada baja en la afiliación a la Seguridad Popular. Fecha de alta y de baja del usado que cesa su relación contractual. En todo este tiempo, un año, no me han dado vacaciones, ni me las han comprado. En el final del año académico se rescinde mi contrato y luego se renueva en el mes de septiembre.
Yo he calculado que unos 345 o 550,sueldo en nómina a parte. Depende de las cantidades adeudadas, si tienes las pagas extras prorrateadas, vacaciones disfrutadas…. El finiquito puede ser cero, e incluso negativo. Entiendo que la empresa ha realizado un despido disciplinario, en ese caso no te corresponde indemnización, pero sí finiquito.
¿qué Indemnización Me Corresponde Al Terminar El Contrato Temporal?
Yo tengo un contrato temporal de los meses de verano y resulta que la empresa coge vacaciones del 15 de agosto hasta el 1 de septiembre. Entonces quería entender si yo tengo derecho a cobrar esas vacaciones ya que anteriormente no he cobrado estas vacaciones, solo medio mes. Todo trabajador está en su derecho a recibir finiquito al terminar la relación laboral sea cual sea el tipo de contrato o la día. En el curro tampoco fui muy respetado aguantando gracietas homofobas desde el año pasado, lo peor fue en Abril de este año que llego un encargado nuevo de los que van de sobraos y empezó a solicitarme que cargara armarios y mobiliario a los contenedores. Le dije que mi discapacidad me impedía hacer esos esfuerzos y aparte yo estoy contratado como jardinero. Me soltó que me despedirían pues no precisan un jardinero, le respondí que llevo año y medio cuidando las plantas de los tres edificios y en este momento no hay plantas.
Mi pregunta es si me corresponde algún tipo de finiquito o si me tendrían que despedir ellos en vez de jubilarme yo de forma voluntaria y, en un caso así, si me correspondería alguna indemnización aunque fuera mínima. Al no tratarse de una baja voluntaria y, por consiguiente, la compañía debe entregarte el finiquito, con los conceptos que enseñamos en este post, junto a una indemnización que para esta clase de contratos es de 12 días de salario por de año en año trabajado. Además, te deben abonar la indemnización por finalización de contrato temporal, si esta no se ha producido como consecuencia de un despido disciplinario o de una baja facultativa por tu parte, asimismo te corresponder. Buenos días soy José Ángel, y no estoy en mi derecho a indemnización por finalización de contrato, 12 días al año trabajado, pertenezco al convenio del metal Cádiz, gracias y un saludo.
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Llegada la finalización del contrato temporal, la empresa debió entregarte el finiquito y la indemnización pertinente. Por otra parte, recibirás el finiquito con los dos días de julio (aunque te hayan dicho que no vayas, tu contrato acaba el 2 y deben pagarte esos dos días) + los días de vacaciones devengados no disfrutados + indemnización por fin de contrato temporal (12 días por año). Según está fijado en la Ley vigente, corresponderían 12 días de salario al año trabajado por fin de contrato temporal. Hola buenas tardes, soy extranjero estaba trabajando en una compañía part time solo días feriados y domingos, a lo largo de 2 meses y medio, me corresponde indemnización? Pregunto porqué fui a firmar el finiquito y el monto era cero. Si la relación continua no te corresponde finiquito, a no ser que pases de un contrato temporal con derecho a indemnización a otro contrato temporal diferente, en cuyo caso, en mi opinión, sí que se debería abonar indemnización al fin de contrato.
Hola buenas, tengo algún duda sobre mi caso, lo explico. Estoy de alta desde febrero y en mi contrato pone que la termino el 17 de noviembre. Me de alta media jornada hasta finales de junio. Día completa,hasta noviembre que acaba mi contrato como e dicho antes. Hola, trabajo para una compañía por medio de una ETT con la que he terminado un contrato que tenía desde el 25 de julio de 2019 hasta este día. La compañía para la que trabajo ha cambiado de ETT por lo que ahora estoy contratado por otra ETT.