En este post, vamos a entrar de lleno en el ámbito de la pluriactividad. Y, para esto, lo primero que hay que tener muy claro es el concepto de término, ya que si bien pueda semejarlo, no es un sinónimo de “pluriempleo”. Hablamos de una situación donde se hacen dos o mucho más actividades laborales, que obligan a cotizar en más de un Régimen de la Seguridad Social. En este sentido, tenemos la posibilidad de encontrarnos con diferentes niveles. Los autónomos y las bajas por enfermedad no se llevan bien.
Y asimismo sí a tu condición futura de TRADE con respecto a este cliente. Como apunte, te comento que al tratarse de la misma compañía en la que trabajas dejad bien cerrada la parte contractual, en tanto que, aun siendo legal, tiende a ser un procedimiento para hacer falsos autónomos en trabajadores a tiempo parcial, que no es tu caso. Pero mejor no dejar flecos a la libre interpretación. Según la Ley de Nuevos negociantes, que sigue en vigor, el empleado que sea empleado a día completa podrá beneficiarse de reducciones a lo largo de tres años.
Pluriactividad: ¿puedo Ser Autónomo Y Trabajar Por Cuenta Ajena Al Tiempo?
Hay que tener en consideración la diferencia entre pluriactividad y pluriempleo, la primera ahora la conocemos, pero la segunda consiste en que un trabajador esté contratado en 2 o mucho más compañías al unísono, en un mismo régimen. Una vez que hayas hecho la suma, si esta es mayor a los 13.822,06 euros anuales, la Seguridad Popular procederá de forma automática a la devolución de la mitad de lo pagado en demasía. En la actualidad no es posible que te devuelvan la integridad de todo lo cotizado de más, a pesar de que esta mayor aportación no va a sospechar una mejora en las condiciones de tu pensión de jubilación. Tampoco semeja que haya proyectos de que esto cambie en un futuro. En la actualidad no es requisito efectuar una petición sino que la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a la devolución del mismo antes del 1 de mayo del año imponible siguiente. Hoy en dia los salarios en España, en especial entre los jóvenes, no son muchos altos.
Además de esto, son incompatibles con la tarifa plana de los 50 euros, más allá de que se puede elegir por la opción alternativa que mucho más convenga en cada caso. Además, si disponemos ciertas coberturas aseguradas en nuestro trabajo de régimen general, no contamos por qué razón pagarlas doblemente. En el final, se trata de que ser autónomo y trabajador por cuenta ajena no penalice en la declaración de la renta.
¿puedo Ser Autónomo Y Empleado Por Cuenta Extraña?
Hola, me van a contratar en una empresa por 60 horas por mes (37,5% de la día completa) y más tarde me daré de alta como autónoma. Con el régimen General sería 11,25 días cotizados al mes y con el RETA serían 30 días.¿ esos 11,25 me los descontarían como pluriactividad? Y si es de esta forma ¿es preferible quitar las contingencias del régimen general o no interfiere? ¿Se puede estar contratado en dos o más empresas y a la vez ser autónomo? Es que no tengo clarísimo como seguir y tampoco me apetece estár pagando doblemente por algo si luego me lo van a descontar. Antes, los trabajadores por cuenta propia que hubieran cotizado en régimen de pluriactividad podían soliciar el reembolso de lo cotizado.
En concreto, del 50 por ciento en la base mínima durante los 18 primeros meses. Los siguientes 18 meses, la rebaja podría ser de hasta el 75 por ciento. Los impositores en pluriactividad tienen la posibilidad de darse de alta como autónomos en el RETA a día parcial tienen una bonificación en el primer año y medio del 50% –– o sea, 144,50 euros por mes –– y del 75% en los 18 meses posteriores (216,75 €).
El caso es que entro a la SS a solicitarlo y solo me aparecen las bases de cotización del autónomo, pero no las que he estado trabajando por cuenta extraña en ese periodo. En este caso la base de cotización es sensiblemente superior a la de autónomo (más del doble) y es con la que deberían calcular mi prestación, pero no me aparece reflejada en el informe. Tratándose de esos importes mensuales por mes, te aconsejo ofrecerte de alta para legalizar tu actividad. Al comienzo vas a poder acogerte a la cuota plana autónomos por lo que la cuota por mes no te será muy elevada.
El término pluriactividad se define para aquel contribuyente que ejerce una actividad por cuenta propia y otra por cuenta extraña, es decir, cotizará en Régimen General de la Seguridad Social y por su parte, en el Régimen Particular de los Trabajadores autónomos. Por lo tanto, podrás trabajar por cuenta ajena y ser autónomo. Si hoy en día trabajas para una empresa, y se te ha anunciado la oportunidad de arrancar un concepto de negocio, quédate tranquilo, que lograras hacerlo, te enseñamos como. Ofrecemos contestación a cuestiones como si puedo ser autónomo y trabajar para una compañía. O respuesta a la pregunta puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena. Los primeros 18 meses el trabajador pagaría media cuota; es decir, 144,50.
Si tienes pluriactividad, tendrás que declarar en IRPF todos y cada uno de los rendimientos que obtengas, tanto del trabajo como de la actividad económica. Hola, si trabajas por cuenta ajena y vas a compatibilizarlo con el trabajo por cuenta propia, deberás darte de alta como autónoma, en el caso de que constituyas una sociedad, serías autónomo societario. Si no has sido autónoma en los últimos dos años podrás beneficiarte de la tarifa plana o de la bonificación por pluriactividad. Caso de que te contrataran por cuenta extraña, podrías seguir en el régimen de autónomos gozando de la tarifa plana.
Hola Jorge, tienes que pedir un informe de vida laboral con bases de cotización. Hola, el hecho de emprender una actividad económica por cuenta propia, sin dependencia al trabajo por cuenta extraña, no tiene porque modificar el contrato de trabajo, salvo que en tu contrato exista alguna claúsula de exclusividad. Hola, para beneficiarte de la bonificación de la pluriactividad, tiene que ser la primera vez que te des de alta en el RETA. Hola Marina, si quieres compatibilizar las dos ocupaciones, podrás hacerlo, no tienes que enseñar ningún archivo. Deberías hacerlo en el caso que quisieras ofrecerte de baja en la Fraternidad o en Hacienda. Hola, es compatible cobrar el desempleo y estar dado de alta como autónomo.
Y esos que tengan derecho a ámbas, solo pueden escoger una. Si trabajas por cuenta ajena y quieres arrancar como quiromasajista, deberás escoger entre la bonificación por tarifa plana y la pluriactividad. Además de esto siempre viene bien comprobar si en tu red social hay ayudas para nuevos autónomos.
En el caso de no tener cotizados los 15 años en ciertos dos regímenes , se puede amontonar la cotización en aquel régimen en el que sí puedes tener pensión. Es totalmente legal ser autónomo y trabajar a su vez por cuenta ajena , además de esto en la jubilación se podrán tener dos pensiones si se cumplen los requisitos de cotización para cada una de las actividades y que relacionaremos en este archivo. Las bonificaciones por “pluriactividad” se deben pedir en el instante de darse de alta como autónomo en la Seguridad Social. Bien, en el último contrato estuve de baja por COVID-19. Por la una parte de autónomo charlé con la recíproca pertinente y me arreglaron el tema de la prestación por la baja.
Soy trabajador por cuenta extraña pero soy artista y me agradaría vender online objetos hechos por mi en Etsy. Mis capital por este término no llegarán ni de cerca al SMI, cuando menos al principio. Al ser los ingresos tan reducidos y ser un trabajo ocasional ya que seria por pedidos puntuales, no superaría los 9k euros cada un año por esta vía, aunque si en combinación con mi salario por cuenta ajena, puedo no tener que darme de alta como autónomo?. Hola Guada, en España es totalmente legal estar en pluriactividad. El hecho de estar en los dos regímenes te va a suponer tener que declarar ámbas fuentes de ingresos, además de pagar el autónomo agrario de forma por mes.