El Tribunal Supremo ha sembrado bases respecto al caso de un trabajador por cuenta ajena programador informático y que sufre una enfermedad cerebrovascular. El hombre trabaja a lo largo de 6 horas de lunes a viernes y además de esto recibe su paga. Es decir, si se trabajó como albañil y se sufrió un accidente por el cual quedó incapacitado de forma permante, no se va a poder volver a trabajar en este sector y recibir una pensión. Sin embargo, se va a poder desarrollar cualquier trabajo que no cambie la situación de minusvalía, como los trabajos intelectuales. Es una pensión de la Seguridad Popular que protege a nivel económico por no poder desarrollar ninguna clase de profesión con un mínimo de rendimiento, eficacia y experiencia a raíz del estado de salud. Estas condiciones en sí mismas tienen esenciales salvedades que se exponen a continuación.
Si además la incapacidad permanente fué por una enfermedad profesional, no sólo es requisito hacer llegar el trabajo a la Seguridad Social, sino que va a ser precisa la autorización anterior. Es compatible la percepción de la pensión y de capital por trabajo siempre y cuando la actividad laboral no supere el límite temporal indicado. El límite de ingresos por trabajo que no influyen en la cuantía de la pensión se calcula en base al salario mensual máximo de los 15 años inmediatamente anteriores al principio de la pensión. En el momento en que el trabajo que se marcha a efectuar supone estar dado de alta en la Seguridad Popular, será necesario hacer llegar al INSS el inicio del trabajo, ya sea por cuenta propia o extraña. Si además la incapacidad deriva de una enfermedad profesional será precisa una autorización previa del INSS.
C) Trabajar Con Una Incapacidad Permanente Absoluta O Con Una Enorme Invalidez
Compensa al trabajador por un daño por incidente o patología, ya sea profesional o común, que en el presente le impide conseguir recursos económicos. La incapacidad parcial y la total son compatibles con el ejercicio del trabajo, si bien en la segunda solo lo va a ser si la profesión es diferente a la que ocasionó la pensión de invalidez. Por consiguiente, sí se puede trabajar con una incapacidad persistente absoluta o con una gran invalidez, si bien con matices. La incapacidad otorgada puede que no sea invalidante por completo, puesto que cada individuo tiene la posibilidad de tener una capacidad residual para trabajar. Esto es, que en la práctica, el trabajador se expone a que reduzcan o eliminen el grado de incapacidad permanente, no por el hecho de trabajar, sino por que el INSS considere que no existen las limitaciones que existían antes.
Por esta razón en vez de recibir una pensión se recibe únicamente una indemnización. Con independencia de la compatibilidad o incompatibilidad que, en su caso, logre generar el ejercicio de una actividad, solo se necesita, de entrada, la comunicación de la actividad laboral a la Entidad gestora competente. Eso sí, en estas situaciones no deberá enseñar un cambio en la aptitud del trabajo de la persona con discapacidad ya que, de ser así, podría sospechar una revisión de nivel de discapacidad y, por tanto, de la pensión que se recibe. Si el INSS la rechaza por vía administrativa, se puede reclamar la incapacidad permanente absoluta frente a los tribunales. Antes de ello, habrá que poner una Reclamación Anterior a la Seguridad Popular, que comunmente se desestima.
¿se Puede Trabajar Con Una Incapacidad Persistente Absoluta?
De hecho, da igual que se trabaje por medio de una relación laboral o con un contrato mercantil con el pertinente alta en la seguridad popular como trabajador autónomo. La citada sentencia examina el caso de un trabajador con una incapacidad persistente de Enorme Invalidez por paraplejia que trabaja a tiempo completo haciendo dibujos de planos en ordenador. Alén de los cálculos, el trabajador tiene garantizada una cuantía mínima por mes, según tenga cónyuge a cargo o no, o se intente una unidad familiar unipersonal. Salario del último año más todas las plus, complementos y provecho. La Incapacidad Persistente Absoluta no se define por la patología o accidente en sí mismos, sino más bien por cómo han afectado o limitado la capacidad de un trabajador. Más allá de que se llamen Incapacidades Permanentes, está sosprechado que se puedan comprobar, ya que el estado de salud del trabajador puede mejorar y puede volver a estar capacitado para volver a trabajar o puede empeorar.
Normalmente, es siempre mejor preavisar, siendo este trámite obligatorio si la incapacidad es por patología profesional. Si trabajas de manera habitual puede revisar la pensión, aparte de estar obligado a ofrecerte de alta en la seguridad popular aunque no alcances el SMI. La jurisprudencia fué dando permiso compatibilizar la incapacidad persistente absoluta con el trabajo, siempre que resulte posible según las dolencias. Habría que ver las dolencias y que afirma la normativa aplicable.
Requisitos Para Conseguir La Declaración De Incapacidad Persistente Absoluta
Debe tenerse presente que, como toda pensión de Incapacidad Persistente, es revisable. Cuando se reconoce la Incapacidad, en la resolución va a venir correcto el período a partir del que se va a poder pedir la revisión por agravación o mejora. Pero se puede comprobar antes en el caso de que el trabajador empiece a trabajar, y el INSS de oficio puede proponer la revisión. Por lo que hay que tomar en consideración que si se empieza a trabajar teniendo conocida una Incapacidad Permanente, está va a poder ser revisada, logrando perderla o pudiendo alterarse el grado a uno inferior. Ambas pensiones son compatibles con el ejercicio de aquellas ocupaciones, sean o no rentables, compatibles con el estado del inválido, siempre que no representen un cambio en la capacidad de trabajo del pensionista que logre ofrecer sitio a revisión por la parte de la Entidad gestora. Si las ocupaciones realizadas exceden las condiciones establecidas, van a ser incompatibles pudiendo suspenderse la pensión.
En consecuencia, se puede cobrar la indemnización que corresponde por este tipo de invalidez y proseguir con exactamente el mismo trabajo. Mi edad es de 46 años pero como no cotice lo suficiente solo tengo 1 orfandad x parte de madre y mi padre cobra x hijo a cargo. Siempre y en todo momento puedes recurrir la resolución, pero con una absoluta, en principio es imposible trabajar. No conozco ningún caso que le hayan sacado la incapacidad por realizar estudios. Es una resolución médica el hecho de que estés o no capacitada para trabajar. En todo caso, en el momento en que te llegue la resolución, puedes interponer una reclamación anterior.
A lo largo de seis meses, intravenosa y en este momento, para toda la vida , oral. Se considera Enorme Invalidez en el momento en que, aparte de impedir realizar cualquier trabajo, es requisito la asistencia de terceras personas para las actividades diarias. En el momento en que el incidente o enfermedad son compromiso de la compañía, es necesario añadir un 30 a 50% al cargo de la compañía. Trabajadores de más de 65 años, sin derecho a jubilación, reciben el 50% de la base reguladora.
Efectuar un trabajo y recibir una pensión por incapacidad persistente absoluta funciona, pero solo en los siguientes casos. Pero en la mayoría de ocasiones no compensa solicitar la jubilación. O sea gracias a que, por una parte, la pensión de invalidez absoluta está libre de IRPF.