Se Puede Cobrar El Paro Y Trabajar A Tiempo Parcial

O lo que es exactamente lo mismo, si el trabajador tiene una día del 50%, se le reducirá el importe del paro en un 50%. El SEPE establece como primordiales una serie de demandas para compatibilizar el paro con el trabajo a media jornada, así como señala en su página web. En cuanto a la cuantía a sentir, esta “se reducirá en proporción a la jornada laboral que realice. Si la prestación no está agotada al finalizar el contrato y pide su reanudación, volverá a percibir la cantidad íntegra que le corresponda”, detalla el SEPE. Por su parte, en caso de que el negocio no fuera como el emprendedor aguardaba, tendrá derecho a reanudar el cobro de la prestación por desempleo suspendido por el inicio de la actividad por cuenta propia hasta 5 años tras haberse dado de alta como autónomo en la seguridad popular. De hecho, su finalidad, en concepto de prestaciones por desempleo, es la de proteger a aquellas personas que, deseando y pudiendo trabajar, sean despedidas por intención del empresario o que, en su defecto, vean achicada su jornada de trabajo de forma esencial.

se puede cobrar el paro y trabajar a tiempo parcial

Si la prestación no está agotada al finalizar el contrato y solicita su reanudación, volverá a percibir la cantidad íntegra que le corresponda. Si mientras que está cobrando la prestación contributiva o el subvención por desempleo comienza a trabajar por cuenta extraña a tiempo parcial puede optar por suspender su prestación o compatibilizarla, en su caso. En caso de interrumpir la prestación por un contrato de menos de 360 días, el cobro de la asistencia del SEPE se va a poder reanudar una vez finalice el contrato. Si el contrato a tiempo parcial dura mucho más de 360 días, la finalizarlo se va a poder solicitar una exclusiva prestación con las cotizaciones de ese último empleo o también se podría optar por reanudar la vieja prestación que se interrumpió al comenzar a trabajar. En este último caso, las nuevas cotizaciones no se van a tener en cuenta para una prestación posterior.

Subvención Por Desempleo Y Trabajo Para Mayores De 52 Años

No obstante, existen una sucesión de exclusiones que debe tomar en consideración y que puede consultar en este link del SEPE. En cambio,las personas mayores de 52 años que perciban un subsidio por desempleo podrán compatibilizarlo con un contrato a tiempo completo indefinido o temporal, “siempre que la duración sea superior a 3 meses”, enseña el SEPE. Si bien la contratación tiene efectos de solicitud de la compatibilidad, la empresa o el trabajador deberá enseñar el contrato registrado en la oficina de prestaciones.

Eso sí, el período temporal máximo a lo largo del cual se puede compatibilizar el paro con el trabajo autónomo es de 9 meses. Esto quiere decir que, transcurrido ese lapso desde el principio de la actividad, el trabajador dejará de percibir la prestación sin importar si le quitan mensualidades por cobrar o no. El cobro de un prestación por desempleo y el trabajo a jornada completa es incompatible.

¿es Viable Compatibilizar Un Trabajo A Tiempo Parcial Con La Prestación Por Desempleo?

Si está percibiendo una prestación contributiva por desempleo, ha cesado con carácter total y definitivo su actividad laboral y se da de alta como autónomo, va a poder seguir cobrando la ayuda por un máximo de 270 días o, si le queda menos tiempo de prestación por sentir, por dicho periodo. Eso sí, debe solicitar la compatibilidad en el período improrrogable de 15 días a contar desde la fecha que inicie la actividad por cuenta propia. La persona trabajadora que se acoja a esta compatibilidad percibirá el cien% de la cuantía de la prestación por desempleo con el descuento del IRPF, en su caso, y sin deducción de cotización a la Seguridad Popular.

Dicho esto, el cobro del paro funciona con la posibilidad de trabajar a jornada parcial, si bien con algunos matices. El más esencial de todos es que debe tratarse de su modalidad contributiva, esto es, de la prestación por desempleo a la que se tiene derecho por haber cotizado, por lo menos, 360 días durante los últimos 6 años. Si compatibiliza la prestación con el trabajo a tiempo parcial, la duración de la prestación no cambia. No obstante, el importe de la prestación será menor, se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que realice.

El servicio de atención telefónica a la ciudadanía, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas, y cuyos teléfonos provinciales puede encontrar en este link. Si lo prefiere, puede decantarse por el servicio de atención telefónica a la ciudadanía en un horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Va a deber sostener en todo momento la inscripción como demandante de empleo para poder compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con el paro. Vas a ganar un máximo del 75% del salario mínimo interprofesional, o sea, 723,75 euros por mes durante los primeros 6 meses, y a partir de ese momento se disminuye hasta el 50%.

Tratamos la información que nos facilitas con el objetivo de enviarte información, promoción y publicidad relacionada con nuestros bienes y prestaciones por cualquier medio (postal, email o teléfono).Relajado, no te abrumaremos con demasiada información. Si lo que estás percibiendo es laRenta Activa de Insercióno elSubsidio Extraordinario por Desempleo, podráscompatibilizarsu cobro con el nuevosalariosiempre y cuando ésteno pase los topesque dan derecho a cobrar estas ayudas (y asimismo tendrás queinformar al SEPE). La cuantía de la prestación se calcula con las cotizaciones de los últimos 180 días trabajados precedentes al cese, teniendo en cuenta los que corresponden al contrato que concluye y al que mantiene. De dicha cuantía se deduce la parte proporcional pertinente al trabajo realizado a tiempo parcial que mantiene. El pago de la prestación y subsidio por desempleo se realizará, salvo excepciones , mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que usted indique, siempre y cuando sea titular de exactamente la misma.

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Si interrumpió la prestación y el contrato dura menos de 360 días, en el momento en que este termine, puede solicitar la reanudación de la prestación que tiene interrumpida. Estas gestiones las puedes tramitar en la sede electrónica del SEPE, identificándote con certificado digital o DNI electrónico. Has de saber que asimismo tienes la opción de interrumpir la prestación por desempleo y reanudarla en el momento en que finalice tu contrato, aunque para ello es necesario que estés trabajando menos de 360 días. Por su parte, aunque resulte muy poco recurrente, los autónomos que tuvieran derecho a sentir la prestación por cese de actividad podrán compatibilizarlo con el acumulado por su trabajo previo por cuenta extraña. Esto es válido tanto en lo que respecta a su capitalización como a su percepción prorrateada. Esto hay que, principalmente, a que, una vez iniciado, el reloj del paro no se detiene.

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En concreto, este escenario se dará cuando te incorpores a un trabajo en la modalidad detiempo parcialcuya duración seainferior a 360 días; las relaciones laborales inferiores a este límite de díasno devengan paro(si bien sí cuentan para la cotización). CONTABILIDAD Vídeos relacionados la contabilidad y gestión financiera de las compañías. CONTABILIDAD Productos sobre la contabilidad y la administración financiera de las compañías. El servicio de atención telefónica a la ciudadanía, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas. La Sede Electrónica del SEPE si dispone de certificado digital o DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.

Para esto, les proporciona una prestación económica que, generalmente, es llamada como paro. Esta es una pregunta que se le pasa por la cabeza a multitud de españoles cuando están sin empleo y reciben una oferta para desarrollar una actividad remunerada a media jornada. Por esta razón, y sabiendo la proporción de dudas que genera, aquí queremos ofrecerle una respuesta. Si el contrato dura 360 días o mucho más, cuando finalice, puede pedir una exclusiva prestación con estas cotizaciones u decantarse por reanudar la prestación que usted interrumpió al empezar a trabajar. Si opta por reanudar, las cotizaciones que hubiesen servido para generar la novedosa prestación , no podrán tenerse presente para una prestación posterior.

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