Los Días De Asuntos Propios Son Proporcionales Al Tiempo Trabajado

Es discutible, a mi parecer, no se renuncian a los derechos comprados, al haber un contrato al día después. Hay que entender que hay una continuación del contrato a todos y cada uno de los efectos, y prueba de ellos es que se sostienen el resto. Los días de temas propios, es dependiente del convenio tanto como el número de días como puede ser su disfrute… pero pocos los recogen.

Otra opción es que llegues a un acuerdo con el empresario para que este derecho figure en tu contrato. Es frecuente pedir un día de temas propios también si tienes que dedicar la día a hacer algún trámite o gestión que necesita tu presencia. Las horas complementarias que se efectúen para trabajar todos los domingos y festivos de apertura autorizada asimismo tendrán la misma compensación del 30% de recargo sobre el valor hora.

Por lo tanto, salvo que el convenio colectivo constituya otra cosa, no se tiene derecho a días de temas propios. Lo cierto es que pocos convenios establecen el derecho a los trabajadores a tener estos días. Es cierto que los gobernantes, como más adelante detallaremos sí que tienen derecho, pero no de este modo los trabajadores del sector privado. No obstante, el Estatuto de los trabajadores no regula en ningún caso el derecho a unos días de temas propios o días de libre predisposición. A veces estos límites son del número de trabajadores que tienen la posibilidad de pedir este permiso al unísono, o que es imposible solicitar inmediatamente antes o tras las vacaciones, o durante puentes, por lo que va a haber que ver lo que indica exactamente la norma que regula esos días de temas propios. En la situacion de los funcionarios son los llamados “moscosos”, que tienen una regulación propia, absolutamente distinta.

No Consumí Los Días Del Año Pasado, ¿puedo Pedirlos Este Año?

Si aceptas, cederemos tus datos a los abogados, despachos o marketplaces jurídicos con los que cooperamos a fin de que logren prestar la mejor respuesta a tu solicitud. No cederemos tus datos en ningún otro caso, salvo obligación legal. Es conveniente e importante que lo comuniques por escrito (escrito sellado por la empresa, correo, burofax…) a fin de que la empresa quede informada. Si en el convenio colectivo o pacto con la empresa se establece que los días de asuntos propios son tiempo efectivo de trabajo, no se descontarán de tu sueldo. Con previo aviso y justificación, por enfermedad, matrimonio, traslado de residencia, fallecimiento o patología grave de familiares hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad….

Entonces, si quieres gozar de un día de estos, vas a deber de convenir con la compañía cuándo gozarlo, al igual que sucede con las vacaciones. Lo curioso es que la mayoría de trabajadores cree que está en su derecho a ellos. De ahí que, te voy a contar, entre otras cosas, exactamente en qué casos se puede gozar de estos días, cómo los puedes solicitar, si la empresa te los puede denegar y qué llevar a cabo en el caso de que no te los deseen dar. La empresa venía concediendo a los trabajadores un par de días de permiso por fundamentos particulares, mientras que a los trabajadores a jornada completa hasta tres días cada un año.

El convenio establece que el trabajo en festivos se comperansará o con días de descanso o pagándose, y eso será lo que se tendrá que llevar a cabo. Sí, entiendo que eso es aplicable para el resto de los privilegios que si necesitan justificación. Mi convenio afirma que tengo derecho a 2 dias de temas propios cada un año. Salvo que el convenio constituya otra cosa, los días de asuntos propios son para ser seleccionados por los trabajadores.

¿cuántos Días De Asuntos Propios Te Corresponden En El Trabajo? Esto Es Lo Que Afirma La Ley En El Campo Público Y El Privado

Mi pregunta es, en mi compañía contamos 4 días de libre disposicion anuales segun el convenio por el que nos regimos, y aun me queda 1 por solicitar. Lo pida con mas de 15 días de antelacion y por escrito. Para el régimen de jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral se va a estar a lo predeterminado en este capítulo y en la legislación laboral correspondiente.

los días de asuntos propios son proporcionales al tiempo trabajado

Deberías ver lo que afirma tu convenio convenio colectivo, teniendo en cuenta la duración estimada de tu contrato de trabajo. Se debe de respetar lo que afirme el convenio, que comunmente charla de días completos de asuntos propios. No conozco ningún convenio que reconozca este derecho por horas. El trabajador/-a no puede cogerse los días de temas propios por su cuenta . Por el hecho de que esa fecha ha de ser acordada entre la empresa y el trabajador.

Depende de lo que afirme el convenio, pero lo habitual es que caducan en el año natural. Comprendo que lo que dice el convenio, es avisar una semana antes que vayas a disfrutar el día de asuntos propios, no una semana antes de que concluya el año ,ya que eso no tiene influencia. Supongo que la duda viene por que es un día de temas propios del año en curso que no has gozado, en dicho caso, a menos que el convenio indique otra cosa, se puede entender que se pierden. Si el convenio no indica nada, no, no se tiene derecho.

¿Siguen las mismas directrices que las vacaciones o no? Por el hecho de que en el ET solo se menciona el concepto «vacaciones». Las horas extras te las deben compensar con dinero o tiempo de descanso, porque así lo afirma la ley. En lo que se refiere a los días de temas propios, si tu contrato de trabajo o convenio colectivo reconoce este derecho, puedes exigírselo a tu empresa. Por tanto, si el resto compañeras tienen esos días por el hecho de que de esta manera lo reconoce el convenio y todas pertenecéis al mismo convenio, sí que te corresponderían esos días.

¿todo Trabajador Está En Su Derecho A Días De Temas Propios?

Si el convenio colectivo no señala nada, el día de asuntos propios que se conceda será proporcional a la jornada frecuente de trabajo. Sí, la jurisprudencia española permite a las compañías denegar esta concesión cuando existan causas organizativas que lo justifiquen. Esto es, en el momento en que considere que tu sepa en una cierta fecha puede perjudicar el correcto funcionamiento de la empresa. Por poner un ejemplo, imagina que te has pedido el día que de manera previsible va a estar la compañía mucho más desbordada de trabajo.

Manual De Permisos, Vacances, Licencias Y Jornada

Esto es, que si se está a media jornada, puede indicar el Convenio que se tiene derecho a la mitad de los días, sin que esta diferenciación suponga una discriminación, según la jurisprudencia. El Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Red social de Madrid (2018 – 2021)establece que los trabajadores tienen 6 días por año de asuntos propios (producto 25 k). Un día de “temas propios” es un día en el que un trabajador puede faltar a su trabajo, por un fundamento personal, que no debe justificar ni argumentar a la empresa, pero que es una falta de asistencia justificada. Son pluses que recibe el usado por no faltar a su puesto en las condiciones establecidas en convenio colectivo.