Y en el momento en que me di el alta me volvieron a contratar al ser un trabajo de ett. Buenos días, una pregunta… cogí la baja el 25 de Enero. El 19 de Febrero finalizó mi contrato que era de 3 meses.
La empresa le ha pagado los primeros días de baja, según la nómina configurada por la asesoría . El inconveniente es que entonces se fueron añadiendo unas partes de confirmación de baja hasta el 15 de mayo y el empleado desde el 26 de febrero no ha cobrado ni del empleador ni de la seguridad social. Tras el despido o fin de contrato continuarás cobrando tu Incapacidad Temporal , pero ten en cuenta que se te pagará lo que te correspondería de prestación por desempleo.
Cuestiones Que Tienes Que Hacerle A Una Compañía Antes De Aceptar Un Puesto De Trabajo
Si sigues de baja, después de la extinción de la relación laboral, cuando te den el alta y no pides el paro, no consumiras paro, pero tampoco te lo cotizarán. Tienes que solicitar el pago directo por medio de este documento que puedes enseñar de manera electrónica. Cuando te den el alta médica, pides el paro. Sí, se puede extinguir la relación laboral estando de baja.
Debes pedir el pago directo a la recíproca o al INSS, sobre si consumes paro, te invito a este producto donde lo explico. Si no son iguales contratos temporales, la relación debería de ser indefinido, y en su caso reclamar la improcedencia si indican como causa un fin de contrato temporal. Habría que ver la causa alegada por la empresa en la extinción, que también determinara el derecho a indemnización.
Sea el despido procedente o improcedente tienes derecho a prestación por desempleo, así que acude al SEPE y pide el paro. Por otro lado, impugna el despido en un período de 20 días hábiles a fin de que sea considerado improcedente/nulo y conseguir una indemnización. Hola mi marido cogió una baja por ligamentos de hombro en el mes de julio, el 2 de enero se reincorporó al trabajo pero el traumatólogo le ha recomendado la baja otra vez hasta q lo operen.
En caso de que no fuera cierto, el despido sería improcedente o nulo. Si no andas acorde con el despido deberás impugnarlo en el período de 20 días desde la fecha de efectos de la medida. Mi marido tuvo un incidente laboral de 30 días de baja y lo llamaron hoy que desistían de él por el hecho de que con la pandemia ya habían muchas bajas y tal y que se yo,deseaba entender si eso era legal. Quiero decir que la causa de extinción de la relación laboral indicada por la empresa.
En Caso De Patología Profesional O Accidente Laboral
Si la empresa no te avisa nada, el contrato se renueva. Sobre la posibilidad de actualizar, habría que ver la causa del contrato. Estoy aguardando a la solicitud del cardiólogo a fin de que el me diga si voy a poder trabajar pues el trabajo es duro y probablemente me den la minusvalía o incapacidad para trabajar. Habría que ver la carta del despido y la indemnización abonada para ver las opciones de la impugnación del despido. Comprendo que lo que hicieron es dejar de cotizar por llevar 545 días de baja, pero no te han despedido, o por lo menos no deberían haberlo hecho. Habría que ver que documentación te ha entregado la compañía.
Con la situación de la pandemia he estado en Erte 18 de los últimos 24 meses, y me he reincorporado en suma 3 ocasiones. Habría que ver la carta de despido para dar una opinión. Habría que ver la causa del despido para saber opciones. Tenes un plazo de 20 días hábiles para impugnar.
Esto podría ser causa de despido nulo o solo improcedente. Y otra pregunta podría reclamar ahora la categoría profesional que me corresponde. Conviene tener en consideración que una vez se recibe el alta médica, se dispone de un período de 15 días hábiles para solicitar la asistencia económica. Además de esto, el periodo de baja por incapacidad temporal, mientras que el contrato haya estado en vigor, se tiene presente como periodo de ocupación cotizada para acceder a las prestaciones por desempleo.
Esta chica me afirma que me va a llegar un burofax a casa indicándome la finalización del contrato, obviamente sin preaviso, ya que este finaliza en el día de mañana. La recíproca, debe pagarte mientras estes de baja. He aiso despedido del trabajo mientre de baja ( muñequa rotta ), tube en un acidente despues de regresar del trabajo. No, esa paga extra, si no estaba prorrateada se debió abonar en el finiquito, al menos la parte generadas. Ha cogido la baja pues esta muy deprimida, vive de alquiler, separada con 2 hijos y ver que después de tantos años echarla sin un duro, se ha quedado muy delgada y nos encontramos preocupados por ella. Habría que ver el contrato y la causa de extinción, puede ser acertado.
Por lo tanto, sí que cobrarás paga, pero seguramente sea de una cuantía inferior a la que te correspondería si no estuvieras de baja, a menos que el convenio constituya que debes percibirla íntegra. Mientras que sigas de baja te proseguirán pagando, ya sea el INSS o la mutua. En este momento sigues de baja hasta el 4 de febrero con lo que comentas.
¿A quién correspondía llevar a cabo el pago durante este intérvalo de tiempo de baja? La asesoría alega que el empresario no puede abonar por que el empleado pasó a «pago directo» , pero no ha cobrado nada. Entonces se reincorporó al trabajo y vino cobrando puntualmente hasta este día. Hola , en este caso usted debe de llevar los partes de baja a la compañía y la compañía se hace cargo de pagarle puesto que es por Covid-19 lo paga la compañía.
¿y Si Fuese Un Contrato Temporal?
Incluso me ha enseñado fotos como prueba de que estuve conduciendo estando de baja y que se aprecia que son capturas de pantalla de las cámaras de ingreso a la empresa. Además la empresa pone en duda que mi dolencia sea causa de mi puesto de trabajo. Tienes que pedir el pago directo desde el día después que se extinga la relación laboral. Sobre si es viable o no la extinción, habría ver la causa alegada por la empresa, lo que determinara la indemnización. Entiendo que lo que hacen es un fin de contrato temporal que da derecho a 12 días al año trabajado de indemnización, a menos que sea de interinidad. Una vez reciba el alta médica, el trabajador va a poder pedir la prestación por desempleo y en ese caso consumirá desempleo, si bien solo lo consumirá en caso de que la baja sea por enfermedad común o incidente no profesional.
Qué Es La Baja Laboral Por Patología Común
Buenas noches,tengo tramitada una baja medica desde el 12 de marzo puesto que soy poblacion de peligro Covid 19 entonces la empresa donde trabajo me comunico que pasariamos a estar en el ERTE. Queria entender si puedo estar en el ERTE aunh teniendo una baja medica . Esta herramienta deja llevar un calendario en el que tienen la posibilidad de incluirse las bajas, los justificantes y certificados médicos, tal como llevar el registro de días de sepa que el empleado tendrá tolerados dependiendo de caso. En cuanto al desempeño de la empresa, Bizneo HR da un programa de vacaciones y ausencias mediante el cual se tienen la posibilidad de administrar las ausencias laborales de una manera eficaz a fin de que estas impacten lo mínimo viable en la dinámica laboral.