En estos casos el trabajador no está predisposición del empresario fuera de su jornada de trabajo, sino que ha alargado su jornada de trabajo. El trabajador no puede unilateralmente entrar una hora más tarde y salir una hora después. Podría ser fundamento de sanción, y en función de la reiteración, de lo que diga el convenio y del perjuicio causado a la compañía sí que podría llegar a ser fundamento de despido disciplinario. La forma en la que se registra el controlo horario lo establece la empresa, según lo correcto en el convenio colectivo. Por poner un ejemplo, el producto 12.4.c) del Estatuto establece la obligación de registrar de forma diaria la jornada de los trabajadores a tiempo parcial. En verdad, es obligatorio dar una copia al trabajador adjuntado con la nómina el resumen de todas y cada una de las horas efectuadas cada mes.
Es decir que realizas menos horas de las que te corresponden. En tal caso, comprendo que no se te tienen la posibilidad de descontar las horas, y más cuando es debido al accionar empresarial. Pueden detallar una día partida según lo acordado y establecido en el convenio colectivo. Tener jornada diferente por días no lo consideraría una distribución irregular de la jornada. Al haberme reducido ellos la día, no deberían perjudicarme con los horarios después, diciéndome ahora de Mañanas, ahora de tardes…por el hecho de que yo entonces no podría tener otro trabajo, o estudiar algo.
Además de esto, también habría que ver si se respeta en tu caso el descanso entre jornadas. Habría que ver el convenio colectivo, para ver que es lo que dice sobre distribución irregular de la jornada laboral. En defecto de este, el estatuto permite repartir el 10% de la día, que va a ser sobre 180 horas anuales.
Ejemplos De Convenios Con Plus De Disponibilidad
El estatuto de los trabajadores señala que se deben descansar 14 festivos al año. Estos festivos se pierden si coinciden en un día de descanso semanal del trabajador o en vacaciones, salvo que el convenio indique otra cosa. Ahora bien, a mi parecer, no sería acertado si la compañía distribuye todas las jornadas de manera diferente, y siempre y en todo momento hace encajar el festivo con el día de reposo.
Nos aseguran que por causas de producción nos van a establecer la día irregular de trabajo para tener una bolsa de horas. Por la mañana estuvimos haciendo otro tipo de tareas para computar las horas de trabajo, por la tarde, al regresar a trabajar, la luz aún no había vuelto. Nos propusieron irnos a casa y por pretensiones de la compañía recuperar esas horas en los un par de días siguientes ya que debíamos finalizar el año intentando cerrar todos y cada uno de los temas posibles. Trabajo en una empresa la cual el calendario laboral nunca cumple con el máximo marcado por convenio, se trata de una subcontracta y donde se efectúa el trabajo su convenio tiene menos horas que el nuestro. Estoy en una compañía y se trabajan 8 horas del día a día, hoy día se hacen menos de 8 horas… Y tenenos 3 meses en exactamente el mismo plan… Ahora la empresa nos puede abligar a abonar esas horas que debemos y como…..
Si por servirnos de un ejemplo, la empresa ha advertido que no se debe registrar la día hasta la hora de entrada, aunque discutible, sí que considero que podría ser sancionable. Por otro lado, la sentencia del TSJ de Andalucía de 19 de septiembre de 2019 ha considerado procedente el despido disciplinario de una trabajadora por efectuar fichar por una compañera de trabajo cometiendo un fraude en el registro. Sí, perjudica a todos los trabajadores y compañías, independientemente del tamaño o campo, salvo las relaciones especiales que estarán a lo que afirme su propia normativa. La compañía estará obligada a conservar el registro de la día durante cuatro años.
Distribución Irregular De La Jornada
El comité a firmado un convenio con la empresa en el que la jornada de trabajo de 6,40 minutos se realiza sin descanso y el tiempo de reposo nos lo da al terminar la día es decir que el tiempo del bocadillo no se efectúa y plegamos antes. Estoy trabajando actualmente para un club deportivo, con contrato iniciado en el mes de octubre. El año pasado, con otro contrato que terminó en el mes de junio y a causa del Covid, al cierre en el mes de marzo de la actividad deportiva, el club optó por seguir pagándome hasta final de contrato con la «condición» de que fuesemos devolviendo las horas pausadamente y consensuadamente. Buenos días quería consultar algo, por la pandemia le debo 56 horas a la compañía que las han cogido de las 150 h que tenemos al año. Nosotros por convenio las horas extras las compensamos por 1.75 y la compañía quiere que estas horas las compense una por una.
Las horas extraordinarias son aquellas que superen la jornada ordinaria, ya sea en cómputo diario o en cómputo semanal. No se debería de realizar en cómputo por mes, salvo que el convenio establezca la día con carácter mensual. En estas 2 entradas te explico que se comprende por hora excepcional y en este como debes reclamarlas. Siempre y en todo momento hay que respetar las jornadas de reposo y el convenio colectivo. En la entrada intento argumentar que es la distribución irregular de la día.
La Distribución Irregular De La Jornada De Trabajo
Se considera día completa aquél trabajador que realiza la día máxima establecida en el convenio colectivo, que nunca podrá ser superior a lo predeterminado en el Estatuto de los Trabajadores, esto es, cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en balance de forma anual. La antigüedad no es un elemento que, por sí misma, no permita la modificación ni dé —a menos que el convenio colectivo aplicable a la empresa lo constituya— prioridad de permanencia en turno determinado. Si se discute la preferencia otorgada a otro trabajador, asimismo habrá de ser demandado. En varias oportunidades se puede idear un calendario de forma anual reforzando los meses de mayor carga de trabajo, merced al como los trabajadores tienen la posibilidad de saber con mucha antelación sus horarios de trabajo. Pero existen otros varios casos de compañías que se tienen que amoldar prácticamente en el último instante a circunstancias variables, con lo que los trabajadores no pueden comprender con bastante tiempo sus horarios laborales.
También va a poder solicitar la extinción de su contrato de trabajo vía producto 50 del Estatuto de los Trabajadores “si considera que la decisión de modificación se llevó a efecto sin respeto de los requisitos exigibles para hacerla y que redunden en menoscabo de su dignidad”. En un caso así, tendrá derecho a la indemnización señalada para el despido improcedente. El estudio revela que una minoría significativa de empleadores tiene prácticas que dificultan la conciliación de la vida laboral y familiar de bastante gente con contratos de horario variable, como por ejemplo no dejar que el plantel especifique cuándo puede trabajar (19%) y no dejarles negar turnos (22%). La incertidumbre en torno a las horas también puede representar que varios no saben cuánto cobrarán de un mes a otro, lo que hace difícil el control de sus finanzas. La sentencia declarará justificada o injustificada la resolución empresarial, según hayan quedado acreditadas o no, respecto de los trabajadores afectados, las causas invocadas por la empresa. Tras la finalización del período de consultas el empresario avisará a los trabajadores su resolución sobre el traslado, que se regirá a todos los efectos por lo preparado en el apartado anterior.
Buenas tardes Alejandro, llevo en mi compañía haciendo un trabajo 15 años de Administrativo y atención al usuario en exactamente el mismo centro de trabajo. Mi empresa se tiene que mudar de localización por cumplir el contrato de alquiler que tenían desde entonces con el dueño y decidieron compartir local con otra compañía diferente, firmando un contrato de colaboración con ellos. Con anterioridad ahora se charló por arriba para una modificación de cuadrante y la empresa en su día nos informó de que para esto la totalidad de la plantilla debe de estar en pos de ese cambio, que con la mayoría no sería valido.
De este modo, en mi opinión, no sería preciso un sistema en el que fuerce a los trabajadores fichar con su propio móvil. Es la empresa la que decide la forma de llevarlo a cabo, salvo que se negocie con los trabajadores como llevarlo a cabo – o como no llevarlo a cabo-. De esta manera por servirnos de un ejemplo, la Audiencia Nacional en la sentencia de 9 de diciembre de 2020 avala el registro en papel que es autocompletado por los propios trabajadores, estimando que este sistema es objetivo y confiable y no es opuesto a la doctrina de la SJUE de 14 de mayo de 2019. Antes de nada, ten en cuenta que este blog trata de derecho laboral español, por lo que si no te es de aplicación el mismo, la contestación no te servirá.
Por otro lado, es la empresa la que decide los reposos entre jornadas, que salvo que se tengan en cuenta que sólo son con el ánimo de perjudicar o limitar los derechos tiene potestad para hacerlo. Si realizas las mismas horas, pero en diferente horario, no es una distribución irregular de la día. Al no tener calendario laboral, no sé si es una distribución irregular de la día o no. Siempre y en todo momento hemos realizado turnos partidos en las vacaciones pero con diferente horario, en este momento quitan una hora por la mañana y te la ponen por la tarde. Si es una distribución irregular de la día, no se pierden. De entrada, no semeja un pacto correcto, ya que si es por no efectuar la día caducarían con el año natural.